Recientemente, Lentisco, la firma que nos ha implantado un exigente Sistema de Compliance, ha llevado a cabo la formación inicial en materia de compliance a todo el personal de Reciclados Ballester.

Esta formación consistió primordialmente en dar a conocer y enseñar a detectar los riesgos con que puede encontrarse el trabajador en el desempeño de sus funciones dentro de la empresa y los medios con los que cuenta para su mitigación. La formación a todo el equipo, es un factor primordial dentro del sistema de cumplimiento; el dar a conocer y hacer saber a los miembros de la organización qué es lo que se espera de ellos al respecto.

Promocionar y supervisar la formación en materia de compliance, se trata de una atribución esencial dentro de las funciones del Compliance Officer, en nuestro caso de Jorge Palomares.

Finalmente, podemos concluir que logramos que esta formación fuera efectiva dado que se dieron las siguientes características:

  •  Fue una formación adaptada al puesto.
  •  Tuvo aplicabilidad práctica y fue comprensible.
  •  Estuvo en coherencia e integrada en los planes de formación anual de la empresa.
  •  Fue evaluable y evaluada por su eficacia.
  •  Estuvo documentada.
  •  Y se planificó para que sea actualizada siempre que sea necesario.

Con esta formación no se pretendía aleccionar a los miembros del equipo, sino lograr que interioricen los valores y objetivos de la empresa, esto es, sensibilizarlos con fin de que tomen como un factor relevante su contribución personal respecto a la efectividad del sistema de cumplimiento.

La formación en compliance deberá realizarse tanto de forma inicial (como la recientemente realizada) como sucesiva. De cualquier forma, la actitud de Ballester es ser proactiva y salir de la formación tradicional y frontal y aprovechar una buena política de comunicación interna, externa y formación para inculcar los valores y principios éticos recogidos en su Código Ético.

A modo general, especificar que, es necesario tener en cuenta la necesidad de formación adicional, de carácter extraordinario, en ciertos momentos puntuales con el objetivo de que el sistema no pierda eficacia. Algunos de los supuestos que justificarían este tipo de actividad complementaria serían:

– Cuando se produzcan cambios en la estructura organizativa de la empresa.

– Cuando se produzcan cambios en las actividades, productos o servicios.

– Cuando se produzcan cambios en las políticas, procedimientos o procesos internos.

– Cuando se produzcan cambios en las obligaciones legales que afectan a la empresa.

– Cuando un miembro de la organización cambia de puesto o de responsabilidades.

– Cuando se detecten incumplimientos o no conformidades relevantes.