Consejos medioambientales. Recomendaciones para los productores de residuos.

Consejos medioambientales. Recomendaciones para los productores de residuos.

La generación de residuos constituye un problema ambiental grave de nuestra sociedad. Su abandono o su gestión inadecuada pueden producir impactos notables en el medio y pueden provocar la contaminación del agua, suelo y aire, además de contribuir al cambio climático y afectar a los ecosistemas y a la salud humana. Sin embargo, si éstos se gestionan de forma adecuada, pueden convertirse en recursos contribuyendo así al ahorro de materias primas, a la conservación de los recursos naturales, del clima y al desarrollo sostenible. En la actualidad, una parte considerable de los residuos que producimos son de naturaleza inorgánica, generalmente plásticos, vidrios y metales, que generan más problemas al no poderse reintegrar de nuevo al medio ambiente por su naturaleza no orgánica, y su gestión inadecuada puede ocasionar un grave deterioro ambiental.

Las empresas productoras de residuos tienen una gran responsabilidad al respecto y deben realizar correctamente la gestión de sus residuos industriales, para ello deben seguir una serie de fases que a continuación describiremos. Además según la Ley de Residuos Ley 22/2011* el productor está obligado a entregar sus residuos a un gestor de residuos autorizado o cualquier otra figura autorizada.

Las fases para la correcta gestión de los residuos industriales serían las siguientes (para productores de residuos tanto peligrosos como no peligrosos):

1. Obtener el NIMA (Número de Identificación Ambiental). Solicitar ante el órgano competente donde se encuentre productor, se obtiene NIMA y alta el registro de productores de residuos.

2. Establecer con Gestor Autorizado de residuos (o figura equivalente) un Contrato de Tratamiento (CT).

3. Seguir las Recomendaciones para la gestión en la planta del productor:
• Mientras los residuos están en planta deberán ser almacenados en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder.

La duración del almacenamiento de los residuos no peligrosos en el lugar de producción será inferior a dos años cuando se destinen a valorización y a un año cuando se destinen a eliminación. En el caso de los residuos peligrosos, se establece un plazo máximo de seis meses.

No mezclar ni diluir los residuos peligrosos con otras categorías de residuos peligrosos ni con otros residuos, sustancias o materiales.
Etiquetar los residuos peligrosos en el lugar de producción: saber qué tipo de residuos es y su peligrosidad evita accidentes durante su manipulación.

4. Entregar los residuos a un Gestor Autorizado de residuos o cualquier otra figura autorizada según la Ley 22/2011 de residuos.

5. Realizar la Acreditación documental de la gestión de residuos: mediante una Notificación previa de traslado (NT) y Documento de Identificación (DI*).
(*ver régimen en la CC.AA correspondiente).

6. Trasladar los residuos:
• Envases escurridos.
• Etiqueta de identificación, marcar peligrosidad si procede.
• Envase deberá llevar los sistemas de cierre (tapas y tapones).
• En caso de envase de pequeñas dimensiones (garrafas, botes, botellas etc.) deberán ir correctamente paletizados y rectractilados para evitar caídas durante su manejo.

7. Validar la documentación ambiental.

8. Realizar Tratamiento residuos: en función de los residuos se realizará la operación de tratamiento correspondiente.

9. Emitir Certificado de gestión residuos.

Ver obligaciones del productor de residuos

Artículo 18. Obligaciones del productor u otro poseedor inicial relativas al almacenamiento, mezcla, envasado y etiquetado de residuos. En relación con el almacenamiento, la mezcla y el etiquetado de residuos en el lugar de producción, el productor u otro poseedor inicial de residuos está obligado a: 1. Mantener los residuos almacenados en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder. La duración del almacenamiento de los residuos no peligrosos en el lugar de producción será inferior a dos años cuando se destinen a valorización y a un año cuando se destinen a eliminación. En el caso de los residuos peligrosos, en ambos supuestos, la duración máxima será de seis meses; en supuestos excepcionales, el órgano competente de las Comunidades Autónomas donde se lleve a cabo dicho almacenamiento, por causas debidamente justificadas y siempre que se garantice la protección de la salud humana y el medio ambiente, podrá modificar este plazo. Los plazos mencionados empezarán a computar desde que se inicie el depósito de residuos en el lugar de almacenamiento. 2. No mezclar ni diluir los residuos peligrosos con otras categorías de residuos peligrosos ni con otros residuos, sustancias o materiales. Los aceites usados de distintas características cuando sea técnicamente factible y económicamente viable, no se mezclarán entre ellos ni con otros residuos o sustancias, si dicha mezcla impide su tratamiento. 3. Almacenar, envasar y etiquetar los residuos peligrosos en el lugar de producción antes de su recogida y transporte con arreglo a las normas aplicables.